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Los distribuidores pagarán el canon digital para compensar a los autores

El Gobierno regula la tasa para abonar derechos de propiedad intelectual por las copias privadas de las obras que puedan hacer los usuarios con su móvil y otros soportes

El ministro Educación y Cultura y portavoz del Ejecutivo, Íñigo Méndez de Vigo.Vídeo: CARLOS ROSILLO

Las copias de vídeos, música y libros que hacen los usuarios privados para su disfrute exigen una compensación a los autores de esas obras. Ante la imposibilidad de vigilar las acciones de cada persona con su teléfono móvil, sus discos compactos, o un lápiz de memoria, por ejemplo, existe un canon digital que tendrán que pagar los fabricantes en España o los importadores que distribuyan estos aparatos a los establecimientos comerciales. Así lo aprobó ayer el Consejo de Ministros, tras la sentencia del Tribunal Europeo (junio de 2016) y la consiguiente anulación por parte del Tribunal Supremo del pago a los autores con cargo a los Presupuestos Generales del Estado que aprobó el Gobierno del PP y entró en vigor en 2012.

De vuelta, pues, al antiguo canon digital, para satisfacción de las sociedades que gestionan los derechos de autor. España estaba en una situación ilegal porque era el único país de su entorno donde no se compensaba a los autores por estas copias privadas. “Con este decreto se revierte una situación de ilegalidad en nuestro ordenamiento jurídico. Había quedado un vacío legal de las copias de los ciudadanos. El Tribunal Supremo había declarado nulo el decreto”, dice Antonio Fernández, director general de Adepi, la organización que agrupa a las sociedades de gestión de derechos. “El canon es el mejor modelo posible. En todos los países de Europa, a excepción de Finlandia, funciona este sistema. Y en Finlandia tendrán que cambiarlo y ajustarse a la normativa europea, pero mientras tanto han seguido recaudando, algo que no ha pasado en España”, lamenta Fernández

.El decreto aprobado ayer tiene todavía que pasar por las Cortes y desarrollarse en reglamentos. “Entrará en vigor a principios de agosto previsiblemente”, confía Fernández. “Pero el pasado hay que reclamarlo en tribunales. Habrá que recurrir la falta de compensación por este tiempo de vacío”, asegura. “Desde 2015 los profesionales no reciben compensación por las copia privadas. Éramos el único país en Europa en esta situación. El canon lo vuelve a poner en marcha”, añade.

Para reproducir libros:

dependiendo del equipo y su capacidad de copias, se pagarán entre 4,50 y 5,25 euros por aparato.

Grabadoras de discos:

en función de sus especifidades técnicas entre 0,33 y 1,86 euros por unidad.

Reproducciones mixtas:

habrá un precio dependiendo de si el disco es o no regrabable, compacto o versátil, que irá de 0,8 euros por unidad a 0,28.

Memorias USB y otras:

0,24 euros por unidad.

Portátiles y otros dispositivos con pantalla táctil (tabletas):

3,15 euros por unidad.

Teléfono móviles que puedan reproducir, música, discos o textos:

1,10 euros por unidad.

Discos integrados o no integrados en un equipo idóneos para la reproducción de vídeos textos y fonogramas y otros contenidos:

entre 5,45 y 6,45 euros.

Cuantías transitorias

Efectivamente, desde la entrada en vigor de este decreto y hasta que los reglamentos se desarrollen, se han establecido unas cuantías que habrán de sufragar las distribuidoras que van desde los 5,25 euros por un escáner o impresora, los 0,33 euros por un disco compacto mixto o los 0,24 euros de una memoria USB. Los teléfono móviles (smartphones) se cargarán con 1,10 euros por unidad. “Son cifras más bajas que las que se manejan en Europa pero las entendemos como algo transitorio, provisional, hasta que se determine un importe calculado con criterios objetivos, y uno de ellos es la media europea, como dice en el artículo 25”, recuerda Fernández. Asegura que por ahora se conforman dado que llevaban “desde 2015 sin percibir nada por este concepto” y porque este decreto corría prisa “para que España no recibiera más multas de Europa por este vacío legal”.

Los receptores de las compensaciones económicas serán los autores de libros o publicaciones asimiladas, de vídeos y audios (así como sus productores) y los editores. Las sociedades de gestión de derechos de autor deberán constituir una entidad que vigile todo el proceso e informe al Ministerio de Educación y Cultura.

“La compensación funciona desde los años 60 en algunos países. Es el modelo que se ha demostrado más efectivo. No hay opción a más experimentos en España. El anterior canon fue un desastre. El ministro ha explicado que estamos advertidos por la Comisión Europea. Poca broma. No podemos pedir más Europa y ser los primeros que nos saltamos por la torera el reglamento europeo”, se queja Fernández.

El sistema que implantó el Gobierno del PP disgustó a las sociedades de gestión. Sus ingresos cayeron de 115 millones de euros en 2011, con el sistema anterior, el canon que actualizó Zapatero para incluir los nuevos soportes del mundo digital, a cinco millones en los años siguientes, con el cargo a los presupuestos que implantó Rajoy. Esa fue la razón de que tres de estas entidades (Egeda, Vegap y Dama) recurrieron en 2013 el decreto ante el Supremo.

El alto tribunal consultó al Tribunal de Justicia de la UE, que no le encontró ajuste en las leyes europeas: “No garantiza que el coste de la compensación equitativa solo sea sufragado por los usuarios de copias privadas”. En realidad lo pagaba todo el mundo dado que se cargaba a los Presupuestos Generales del Estado.

Libros, música, vídeos y otros productos culturales

Francia es uno de los países europeos que más aporta para compensar a los autores por las copias privadas de los usuarios. Dividido entre el número de habitantes salen a 3,38 euros al año por cabeza. En Hungría, 2,24; 2,21, en Bélgica; 2,13, en Italia o 1,14 en Alemania, entre otros ejemplos.

En Finlandia, que adopta el sistema que ahora deroga España, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, cada habitante sale a 2,01 euros por cabeza al año. Según los cálculos de la Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI), la media en el mundo es de 0,50 euros anuales per cápita; y la europea 1,50 euros.

Con esta aportación no solo se paga la música, vídeos y otros productos digitales que tanto circulan en la actualidad. También están incluidos los libros, muchos de los cuales se copian enteros o por partes sin que a los autores les llegue nada por estas copias privadas. Ocurre también en el ámbito universitario.

Y no solo libros, el real decreto habla de “publicaciones asimiladas”. “Se trata de revistas divulgativas, sobre todo, que muchas veces se quedan sin ejemplares en papel y circulan por la web. Es algo minoritario, pero la ley debe regularlo también”, sostiene el director general de Adepi, la asociación que reúne a las sociedades que gestionan estos derechos de autor.

Hay una serie de requisitos para estas publicaciones: deben estar editadas bajo un mismo título en serie continua, numeradas de forma consecutiva con periodicidad mínima mensual y máxima semestral y han de tener menos de 48 páginas por ejemplar.

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