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El Supremo acaba con el canon digital aprobado por el PP

El Tribunal declara "inaplicable" el sistema con cargo a los Presupuestos Generales Rechaza que la compensación por la copia privada se pague entre todos los españoles

Un usuario copia un CD.Vídeo: LUIS SEVILLANO / EL PAÍS VÍDEO

El final del polémico canon digital que aprobó el PP ya estaba escrito. Cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) falló en junio que violaba las normativas comunitarias, su destino se encerró en un callejón sin salida. De ahí que solo faltara el epílogo, es decir que el Supremo recogiera la decisión de la Corte de Luxemburgo. Y así lo ha hecho. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha declarado nulo e inaplicable el real decreto 1657/2012, aquel que regulaba el nacimiento del nuevo sistema: en lugar del antiguo canon digital, el Gobierno de Rajoy estableció una compensación para los autores con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. Por tanto, todos los españoles pagaban por las copias privadas de las obras, las hicieran o no.

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La copia privada es una excepción dentro del derecho de autor. Por un lado, las leyes prohíben la reproducción de música, cine, literatura y otras formas artísticas sin que esté autorizada por sus creadores. Por otro lado, sin embargo, se aceptan como legales todas las reproducciones que las personas físicas realicen para su uso privado, sin fines comerciales. A condición, eso sí, de que se fije una compensación para los autores.

El antiguo canon se cargaba sobre CD, DVD, fotocopiadoras y otros aparatos para la copia privada, y afectaba a las empresas que las vendían y a sus clientes. Su entierro y la nueva compensación supusieron un descenso en los ingresos de las entidades de gestión de 115 millones en 2011, con el sistema anterior, a cinco millones en los años siguientes, con la nueva normativa. Por eso, tres de estos organismos (Egeda, Vegap y Dama) recurrieron en 2013 el decreto ante el Supremo. Antes de decidir, la Corte trasladó la duda al tribunal europeo (TJUE). Y este aseguró que no encajaba en las leyes europeas precisamente  porque "no puede garantizar que el coste de la compensación equitativa solo sea sufragado por los usuarios de copias privadas”.

De vuelta a España, el Supremo ha estimado parcialmente el recurso y declarado “inaplicable” la normativa, que ha anulado en su totalidad. En una sentencia de 13 folios, el alto tribunal advierte de que la sentencia del TJUE muestra la "incompatibilidad" entre el decreto español y la norma europea y que el Gobierno “no ha ofrecido ningún argumento" que evite confimar esa conclusión. Así que la Sala solo puede establecer que “en aplicación del principio de primacía del derecho de la Unión Europea” los preceptos del real decreto “deben considerarse inaplicables”. "Es claro que el Real Decreto 1657/2012 carece de un fundamento legal efectivo y, en consecuencia, es nulo”, añaden los jueces en la sentencia, de la que ha sido ponente el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Luis Díez-Picazo.

El Supremo ha anulado el real decreto en su conjunto, por lo que no ha entrado a valorar aspectos concretos que habían sido impugnados por las entidades que presentaron los recursos. Los tres organismos tienen pendientes además varias demandas patrimoniales ante la Audiencia Nacional y el Supremo por los ingresos perdidos, que calculan en unos 400 millones de euros, y creen que la sentencia de hoy es un buen punto de partida para que vuelvan a ganar el pulso judicial. 

El fallo supone un varapalo para el Gobierno del PP y el Secretario de Estado de Cultura, José María Lassalle, impulsor de la normativa. Por otro lado, el nuevo Ejecutivo de Rajoy está ahora obligado a aprobar otro modelo de compensación a los autores. El ministro de Cultura y portavoz del Gobierno, Íñigo Méndez de Vigo, ha asegurado en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros que buscarán "una solución" al asunto. La necesidad de esta reforma ya aparecía en 150 medidas para mejorar España, el pacto de investidura que el PP firmó en agosto con Ciudadanos para concitar su apoyo.

"Ofrecemos la máxima disposición a dialogar con el Gobierno para reestablecer lo antes posible un sistema que proteja la propiedad intelectual", asegura Rafael Sánchez, Director de Relaciones Institucionales de Egeda. Y Marta Rivera, diputada de Ciudadanos y presidenta de la Comisión de Cultura, agrega: "Es el momento de abrir sin demora el diálogo con las entidades de gestión de derechos, que hoy está roto".

Compensación a los autores

El canon digital que existía desde los noventa y el Gobierno de Zapatero actualizó para la era de Internet en 2006 optaba por gravar la compra por parte de personas físicas de CD, DVD, lectores de mp3 u otros instrumentos que pudieran servir para realizar copias privadas de obras con derecho de autor, para recuperar el supuesto perjuicio que suponían a los creadores. El Ejecutivo de Rajoy decidió suprimir ese modelo y apostar por retribuir a los autores a posteriori, "a ejercicio vencido", a través de una partida en los Presupuestos Generales del Estado y según la disponibilidad económica de las arcas públicas. En Europa, solo Finlandia, Estonia y Noruega hacen lo mismo, mientras que la mayoría de países aplica el modelo de canon digital tradicional, a priori.

La Corte de Luxemburgo no se opuso en principio a que el pago fuera con cargo a los Presupuestos Generales del Estado pero sí rechazó que no afectara solo a quienes efectivamente adquieran aparatos para la copia privada sino indiscriminadamente a cada español y a las empresas. En cuanto al antiguo modelo, el TJUE tolera que se establezca de forma previa un canon para la compensación, sobre todo debido a la dificultad de identificar con claridad las personas físicas concretas que realizan las copias. Acepta también que las empresas que venden estos aparatos acaben cargando este pago al usuario, a través del precio final. 

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