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La Justicia Europea confirma un IVA distinto para libros de papel y digitales

La abogada general de la corte de Luxemburgo justifica que las obras impresas disfruten del impuesto reducido y las electrónicas sufran el más elevado

T. KOCH
Una chica lee un 'e-book' junto a varios libros.
Una chica lee un 'e-book' junto a varios libros. PACO PUENTES

Los textos son los mismos, obvio. Pero a un libro o periódico de papel y sus versiones electrónicas se les aplican impuestos distintos: IVA reducido para el formato físico (el 4%, en España) y el más elevado para el e-book (21% en el caso español). Así lo establece la UE y así funciona hasta la fecha, aunque varios países y representantes del sector hayan criticado esta distorsión. Y ahora la abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Juliane Kokott, acaba de confirmar y reforzar el régimen fiscal en vigor. Sus conclusiones, hechas públicas ayer por la corte, consideran apropiado que las obras digitales carguen con el IVA más elevado y aceptan una única excepción: los libros electrónicos que se transmitan a través de un formato físico (como un CD o un archivo USB).

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La nueva disputa procede del Tribunal Constitucional de Polonia, que planteó al TJUE, a petición del Defensor del Pueblo polaco, si la aplicación de un impuesto diferente a los dos formatos no vulnera el principio europeo de la igualdad de trato. La corte de Luxemburgo decidirá en las próximas semanas, así que el caso, en teoría, sigue abierto: sin embargo, y aunque la opinión de la abogada general no es vinculante ni definitiva, lo cierto es que el TJUE suele confirmarla en la gran mayoría de las ocasiones.

Además, el anterior capítulo de esta historia también se resolvió de la misma forma. En 2012, arrancó una pelea que enfrentaba a la Comisión Europea con Francia y Luxemburgo, que habían decidido aplicar el impuesto reducido a los libros electrónicos. Hace justo un año, el TJUE resolvió el caso a favor de Bruselas y obligó a los dos países a subir de nuevo el IVA de los e-books hasta la categoría más alta, al considerarlos como un servicio electrónico en lugar de un bien.

La decisión de Kokott continúa por aquella senda. “Quizás no exista una situación comparable entre las publicaciones digitales que se transmiten electrónicamente y las impresas”, arranca su explicación la abogada general, quien tampoco considera evidente que ambos productos sean competencia el uno del otro. Su principal motivación es el distinto gasto que suponen para la industria. “Existe, como consecuencia de los muy diferentes costes de distribución, una diferencia sustancial en cuanto a su necesidad de promoción”, escribe Kokott. Es decir, que las obras impresas, más caras de producir y lanzar al mercado, precisan de mayor promoción.

A la vez, la abogada cree que el impuesto reducido para el formato físico también se justifica para defender “la formación de los ciudadanos de la Unión mediante la lectura de libros, periódicos y revistas”. Y añade que, incluso a pesar de sufrir el IVA elevado, los e-books se pueden seguir ofreciendo a precios más bajos que sus hermanos de papel.

En todo caso, Kokott subraya el escenario de incertidumbre en este ámbito y parece instar a la UE a reformar el sistema: "Corresponde preferentemente al legislador de la Unión, y no al Tribunal de Justicia, efectuar desde su discrecionalidad legislativa la compleja valoración de una situación de competencia en toda la Unión". En efecto, Bruselas prepara para finales de este año una amplia modificación del IVA que iguale el impuesto para libros electrónicos y de papel y ponga fin a las diferencias y las polémicas.

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Sobre la firma

T. KOCH
Redactor de Cultura. Se dedica a temas de cine, cómics, derechos de autor, política cultural, literatura y videojuegos, además de casos judiciales que tengan que ver con el sector artístico. Es licenciado en Ciencias Políticas por la Universidad Roma Tre y Máster de periodismo de El País. Nació en Roma, pero hace tiempo que se considera itañol.

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