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Ramírez de Lucas: reflexiones sobre un inédito

Los herederos deben garantizar que la voluntad del finado se cumpla

Juan Ramírez de Lucas quiso que los cuadernos en los que narró su relación con Federico García Lorca vieran la luz tras su muerte. Así lo dejó escrito y así se lo confesó a su hermana Carmen en uno de los últimos paseos que compartieron por Madrid. Jurídicamente, esa declaración de voluntad tiene una trascendencia extraordinaria, ya que con ella ejercitó su derecho moral a la divulgación de la obra, anticipándose a sus herederos e impidiendo que pudieran decidir por él o que, por motivos ideológicos o políticos, por disputas o desavenencias familiares, pudieran sepultar su testimonio y privar al público de una historia que no era sólo la suya, sino también, la de una de las figuras capitales de la literatura universal. ¿Cómo se explica entonces que, cuatro años después de su fallecimiento, los cuadernos no hayan sido aún publicados y permanezcan sumidos en una obstinada desmemoria?

Aunque la decisión fundamental, la de publicar, hubiera sido tomada por él, la ley de propiedad intelectual reserva a los herederos el derecho patrimonial de valorar ofertas editoriales y negociar las condiciones económicas de la publicación. Pero el legítimo ejercicio de los derechos económicos no puede obstaculizar la realización efectiva del derecho moral invocado por el autor. Los herederos deben garantizar que la voluntad del finado se cumpla. Postergar sine die la publicación o demorarla injustificadamente podría constituir un ejercicio abusivo del derecho o la transgresión de una de las facultades más básicas que la ley reconoce a los autores: la de mostrar públicamente lo que uno ha escrito. La estrechez de miras de las editoriales, que han primado el factor económico sobre el valor cultural del manuscrito, y la desidia del Gobierno, favorecen el inmovilismo. La ley de propiedad intelectual habilita a las instituciones públicas —y a cualquier persona con un interés legítimo— para desbloquear situaciones en las que la divulgación de una obra singular encuentre obstáculos insalvables. También la familia Lorca podría reclamar el acceso a los escritos originales del poeta con la finalidad de reproducirlos, preservar copias de calidad y editarlos. No se trata, pues, de ausencia de instrumentos legales: la ley respalda a quienes deseamos ver la obra publicada y es de justicia que así sea.

Antonio Muñoz Vico es abogado especialista en derechos de autor

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