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Veto a las emisiones que incitan al odio

El PP endurece en la Ley de Telecomunicaciones la televisión transfronteriza

Rosario G. Gómez

El Gobierno quiere regular de manera más exigente las emisiones extranjeras que se pueden captar en España. El Grupo Popular ha presentado enmiendas a la Ley de Telecomunicaciones, que se tramita en el Congreso, para modificar la normativa sobre televisión transfronteriza. Con el propósito de “canalizar el derecho a la diversidad cultural y lingüística a nivel europeo”, la directiva europea permite que en las zonas limítrofes se puedan ver los programas de los países vecinos. La ley, al mismo tiempo, autoriza el veto a todas aquellas emisiones que vulneren los derechos de los menores. Ahora, el PP quiere ampliar la restricción a todos aquellos contenidos que inciten al odio por razón de raza, sexo, religión y nacionalidad.

Las enmiendas populares afectan también a las emisiones relacionadas con los juegos de azar. Las grandes emisoras han incorporado en sus parrillas de madrugada programas de estas características (Telecinco ofrece Premier casino y Antena 3 emite Canal bingo), que han venido a tomar el relevo del tarot. La propuesta deja en manos de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) el control de estos contenidos y al tiempo amplía la persecución del juego no autorizado a todos los medios de comunicación y a las redes publicitarias.

A las reformas no escapa la publicidad. Y especialmente la que se ofrece bajo el paraguas del emplazamiento de producto, un sistema que consiste en mostrar o citar una marca comercial dentro de un programa. Salvo en los contenidos infantiles, en los que está prohibido, las televisiones pueden echar mano de este recurso en series, documentales, programas deportivos o de entretenimiento. Ahora, una enmienda del PP adapta la regulación de este tipo de publicidad a la directiva comunitaria sobre Servicios de Comunicación Audiovisual.

La modificación, que suaviza la normativa actual, especifica que las televisiones podrán utilizar el emplazamiento de producto “a cambio de contraprestación” y que en los casos en los que el pago sea en especie (mediante ayudas materiales a la producción o la entrega de premios), este tipo de bienes y servicios tendrán que tener “un valor significativo”. Además, la enmienda precisa que el emplazamiento de producto no podrá condicionar “la responsabilidad ni la independencia editorial” de la televisión que lo utilice. La ley ya aclara que esta modalidad publicitaria no podrá incitar directamente a la compra de la marca que se esté mostrando en pantalla.

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