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Preguntas y respuestas sobre la 'ley Sinde'

Cuestiones prácticas sobre la primera legislación 'antidescargas' en España

- ¿Cuándo nace la ley?

- En diciembre del año pasado, el Gobierno decidió introducir por sorpresa una disposición adicional en la Ley de Economía Sostenible (LES) -cuyo articulado pretende relanzar la economía y cambiar el modelo productivo- que prevé el cierre de páginas web que faciliten sin permiso la descarga de archivos protegidos por derechos de autor (música, películas, libros o videojuegos). Aunque en 2009 salieron a la luz estas medidas, las revelaciones de los cables de Wikileaks dejan al descubierto que Estados Unidos presionó en 2007 para conseguir una ley antidescargas.

- ¿Quién han propiciado la ley?

- La ley ha sido propiciada por el Gobierno y, en particular, por el Ministerio de Cultura. De ahí que popularmente se la conozca como ley Sinde, en referencia a la titular del departamento, Ángeles González-Sinde. La normativa responde a la demanda de la Coalición de Creadores e Industrias de Contenidos, un grupo de presión formado por las sociedades de gestión de derechos y las que defienden a las grandes productoras y discográficas (EGEDA, Promusicae, SGAE, FAP, ADIVAN y ADICAN).

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- ¿Quién se opone a la ley?

- Institucionalmente, están en contra los principales operadores de acceso a Internet (IPS) agrupados en la asociación Redtel (Ono, Orange, Telefónica, Vodafone), que rompieron las negociaciones con la Coalición para una posible autorregulación. Un grupo de bloggers, directores de medios y entusiastas de la Red publicaron un manifiesto "En defensa de los derechos fundamentales en Internet" suscrito el 2 de diciembre de 2009. El grupo creado para promover este texto ya supera los 230.000 seguidores.

- ¿Qué pretende la ley?

- La ley pretende perseguir a las páginas de descargas directas y de enlaces que permiten a los internautas descargase o visionar archivos, sobre todo series de televisión, películas, música y libros electrónicos, sin la autorización de los propietarios de los derechos (discográficas, estudios o sociedades de gestión de derechos). Según Cultura, el objetivo es acabar con 200 páginas responsables del 90% de la "piratería". Aunque puede afectar a cualquier página web.

- ¿Cuál es el procedimiento para cerrar una web?

- El proceso se inicia por denuncia de los autores o gestores de sus derechos (a través de una Comisión de Propiedad Intelectual, un órgano administrativo dependiente de Cultura. El juez interviene desde el primer momento del proceso (que, según los cálculos iniciales, podría extenderse al menos durante 17 días), cuando la comisión de Propiedad Intelectual reciba una denuncia y haya que requerir datos como quién es el responsable del dominio, cuántos usuarios tiene u otros asuntos sujetos a confidencialidad. "Los órganos competentes (...) con el objeto de identificar al responsable del servicio de la sociedad de la información que está realizando la conducta presuntamente vulneradora, podrán requerir a los prestadores de servicios de la sociedad de la información la cesión de los datos que permitan tal identificación a fin de que pueda comparecer en el procedimiento. Tal requerimiento exigirá la previa autorización judicial (...). Una vez obtenida la autorización, los prestadores estarán obligados a facilitar los datos necesarios para llevar a cabo la identificación", dice la nueva enmienda.

- ¿Qué papel juega la Audiencia Nacional?

- Una vez que reciba la denuncia, los juzgados centrales de lo contencioso administrativo no entrarán en el fondo del asunto sino solo decidirán si la medida podría afectar a los derechos fundamentales de los demandantes. Esta es una de las partes más cuestionadas de la ley puesto que deja en manos de los tribunales ordinarios la resolución del fondo del asunto: la vulneración de los derechos de autor. En caso de cierre de una página web los demandados podrán recurrir a la Audiencia Nacional pero este recurso no frena la ejecución de la medida.

- ¿Podré seguir descargando archivos cuando entre en vigor la ley?

- Sí. La ley no prevé ninguna medida contra el internauta particular a diferencia de lo que ocurre en Reino Unido o Francia. Descargar archivos seguirá siendo legal, aunque será más difícil encontrarlos en la Red si se cierran las páginas.

- ¿Qué páginas pueden verse afectadas?

- Las paginas que se verán afectadas son las de 'streaming', que permiten ver vídeos sin necesidad de descargárselos, y las de enlaces que no albergan los archivos pero redirigen hacia los sitios donde se encuentran para permitir sus descargas. En el punto de mira de la ley están páginas como Seriesyonkis, Seriespepito, Seriesdanko, Peliculasyonkis, Divxtotal, Mydescarga, Cinetube, Subtorrents entre otras muchas, con millones de visitas al día.

- ¿Y los sitios de almacenamiento (hosting) como Megaupload o Rapidshare?

- Esa es la gran incógnita. Estas multinacionales y otras son las que albergan realmente los archivos. Sin embargo, ni Cultura ni la Coalición han dicho hasta ahora si van a dirigirse contra estos sitios. Solo los proveedores de conexión podrían filtrar la entrada a este tipo de servicios.

- ¿Seguirá funcionando los programas p2p como eMule o los basados en Bittorrent (Ares, Azureus, etcétera)?

- Sí, son solo programas de software que se alimentan de compartir los archivos alojados en los discos duros que se conectan a ellos. Lo único que puede ocurrir es que disminuya la disponibilidad de contenidos por la restricción de las webs.

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